ORGANIZACION ADMINISTRATIVA DE HISPANIA:
El país fue dividido en
provincias encomendadas a los praetores. Durante la República fueron
dos: la Ulterior (Sur) y la Citerior (Norte) separadas por el Ebro.
Augusto las dividió en tres: Lusitania, Bética y Tarraconense.
Circunstancialmente, Otón (69) añadió Mauritania Tingitana (Norte de
África). Bajo Julia Domna (madre de Carcalla) se creó (216) la Hispania
nova Citerior Antoniana per divisionem (Asturia y Gallaecia). Se cree
que la reorganización de Diocleciano consistió en establecer Hispania
como Diócesis (capital Hispalis, Sevilla) con seis provincias:
Lusitania, Bética, Tarraconense, Gallaecia, Karthaginensis y Mauritania
Tingitana. Según esto Baleares será una nueva provincia hacia el 400.
Ciudades romanas.
Coloniae civium romanorum (colonias) pobladas por ciudadanos romanos
con la misma organización que la Metrópoli (duumvirus, comicios, curia).
Ciudades indígenas.
Oppida (municipia) civium romanorum (municipios) cuya población no era
romana en su origén, aunque tenia los mismos derechos. Oppida latina con
independencia administrativa y derecho latino que Vespasiano hizo
extensivo a toda la península (74-75). Oppida libera con derecho propio e
inmune (no pagaba impuestos); Oppida foederata, federados a Roma
mediante pactos, le deben auxilio militar, y Oppida stipendiaria,
sometidos al gobernador romano y obligados al pago de fuertes impuestos.
212. Carcalla concedió con fines tributarios la ciudadanía a todo el Imperio.
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